GLOSARIO DE TERMINOS MARITMO - PORTUARIOS (OTROS TERMINOS USUALES EN LAS OPERACIONES PORTUARIAS)

1.         Abarloamiento: Operación de amarrar una nave a otra que se encuentra atracada a muelle o fondeada en el área de operaciones acuática del Terminal.

2.         Actividad Portuaria: Construcción, conservación, desarrollo, uso, aprovechamiento, explotación, operación, administración de los puertos, terminales e instalaciones portuarias en general, incluyendo las actividades necesarias para el acceso a los mismos, en las áreas marítimas, fluviales y lacustres.

3.         Administrador Portuario: Persona jurídica constituida o domiciliada en el país, que administra un puerto o terminal portuario. El Administrador Portuario puede ser público o privado.

4.         Aforo: Actividad que consiste en reconocer la mercancía, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso, cuenta o medida, clasificarla en la nomenclatura arancelaria y determinar los gravámenes que le sea aplicable.

5.         Agente de Aduana: Persona natural o jurídica autorizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas, que representa oficialmente a los consignatarios o dueños de la carga.

6.         Agente  General:  Persona  jurídica  constituida  en el país con arreglo  a ley, para actuar en el Perú en representación de un Armador u Operador en las actividades de: contratación  de  carga;  designación  de  agentes  marítimos,  fluviales,  lacustres  y  /  o empresas de estiba, en los puertos nacionales.

7.         Agente Marítimo, Fluvial o Lacustre: Persona jurídica peruana autorizada por la

Dirección  General  de  Transporte  Acuático  para  intervenir,  a  designación  del  agente general o en representación de la empresa naviera o Armador, en las operaciones de las naves en los Terminales Portuarios

8.         Almacenamiento: Es el servicio que se presta a la carga que permanece en los lugares de depósito determinados por la empresa.

9.         Almacenes  Aduaneros: Locales  abiertos  o  cerrados  destinados  a  la  colocación temporal de las mercancías en tanto se solicite su despacho.

10. Amarradero: Espacio físico designado para el amarre de naves.

11. Amarre y Desamarre: Servicio que se presta a las naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un punto de amarre a otro y largarlas.

12. Apilar:  Colocar  en  forma  ordenada  la  carga  una  sobre  otra  en  las  áreas  de

Almacenamiento.

13. Área de Operaciones Acuática: Espacio acuático comprendido entre los muelles de Terminales con facilidades de atraque directo y los rompeolas artificiales, o entre dichos muelles y la línea demarcatoria fijada mediante balizas u otros puntos de señalización o el espacio necesario para el amarre y desamarre a boyas.

14. Área de Desarrollo Portuario: Espacios terrestres, marítimos, lacustres y fluviales

Calificados por la Autoridad Portuaria aptos para ser usados en la construcción, ampliación de  puertos  o terminales  portuarios,  o que, por razones  de orden logístico,  comercial, urbanísticos o de otra naturaleza se destinan como tales.

15. Áreas de Atraque y Permanencia  de las Naves:  Es la franja marítima de 500 metros que circundan  una instalación portuaria a la mar abierta, de penetración  o el dársena.

16. Armador: Persona física o jurídica propietaria del buque, o la que, sin serlo, lo tiene en  fletamento.  En  cualquiera  de  los  casos,  es  el  que  acondiciona  el  buque  para  su explotación, obteniendo rendimiento del flete de las mercancías o transporte de pasajeros.

17. Arqueo  Bruto: Es la expresión  del volumen  total  de una nave,  determinada  de acuerdo con las disposiciones internacionales y nacionales vigentes.



18. Arrumaje: Colocación transitoria de la mercancía en áreas cercanas a la nave.

19. Atraque: Operación de conducir la nave desde el fondeadero  oficial del puerto y atracarla al muelle o amarradero designado.

20. Bienes  Portuarios:  Obras de infraestructura  que se ubican en el interior de los puertos que sirven indistintamente a todos los que operan en los recintos portuarios, destinados a proporcionar áreas de aguas abrigadas y a otorgar servicios comunes, tales como vías de circulación, caminos de acceso, puertas de entrada, servicios higiénicos, etc.

21. Cabotaje: Todo transporte de carga entre puertos de un mismo país.

22. Calado: Es la profundidad sumergida de una nave en el agua.

23. Canal de Entrada y Salida de Naves: Espacio marítimo natural o artificial utilizado como  tránsito  de las naves,  para permitirles  acceder  a las instalaciones  portuarias  o retirarse de ellas.

24. Carga: Cargamento o conjunto de efectos o mercancías que para su transporte de un puerto a otro se embarcan y estiban en una nave.

25. Carga  Consolidada:  Agrupamiento  de mercancías  pertenecientes  a uno o varios consignatarios, reunidas para ser transportadas  de un puerto a otro en contenedores, siempre  que  las  mismas  se  encuentren  amparadas  por  un  mismo  documento  de embarque.

26. Carga de Reembarque: Carga de importación manifestada para el puerto de arribo de la nave, nuevamente embarcada con destino a su puerto de origen u otro puerto.

27. Carga   de   Transbordo:   Carga  manifestada   como  tal,  procedente   de  países extranjeros, para  otros  países  o  puertos  nacionales,  transportada  por  vía  marítima  o fluvial.

28. Carga de Tránsito: Carga manifestada como tal, procedente de países extranjeros con destino al exterior del país.

29. Carga Fraccionaria: Carga sólida o líquida movilizada en forma envasada, embalada o en piezas sueltas.

30. Carga  Líquida  a  Granel:  Líquidos  embarcados  o  desembarca dos  a  través  de tuberías y/o mangas.

31. Carga Rodante: Vehículos de transporte  de personas o carga, así como equipos rodantes destinados para la agricultura, minería u otras actividades, movilizados por sus

Propios medios.

32. Carga Sólida a Granel: Producto sólido movilizado sin envase o empaque.

33. C.F.R. (Cost and Freight) – Costo y Flete: Término por el cual el vendedor asume

todos los gastos de transporte de la mercancía al lugar de destino convenido, pero el riesgo de pérdida  o de daños  de la misma  o de cualquier  incremento  de costos,  se transfiere del vendedor al comprador en cuanto la mercancía pasa la borda de la nave, en el puerto de embarque.

34. C.I.F. (Cost, Insurance and Freight) – Costo, Seguro y Flete: Término similar al de C & F pero el vendedor debe, además, suministrar un seguro marítimo contra riesgo de pérdida o de daño de la mercancía durante su transporte.

35. Código IMDG: Es el código marítimo internacional de mercancías peligrosas.

36. Comunidad Portuaria: Conjunto de entidades públicas y privadas representativas de la zona de influencia de un puerto que tengan relación directa respecto al desarrollo de las actividades y servicios portuarios.

37. Concesión Portuaria: Acto administrativo por el cual el Estado otorga a personas

jurídicas  nacionales  o  extranjeras,  el  derecho  a  explotar  determinada  infraestructura portuaria o ejecutar  obras de infraestructura  portuaria  para la prestación  de servicios



Públicos. Supone la transferencia de algún tipo de infraestructura portuaria de titularidad estatal para su explotación por parte de la entidad prestadora a fin que la misma sea objeto de mejoras o ampliaciones.

38. Conferencia Marítima de Fletes: Convenio de colaboración entre líneas marítimas regulares que tiende a la racionalización del servicio y a la consecución de unas tarifas uniformes y competitivas.

39. Conocimiento de Embarque: Documento que acredita la posesión y/o propiedad de la carga.

40. Consignatario:  Persona  natural  o  jurídica  a  cuyo  nombre  viene  manifestada  la mercancía o que la adquiere por endoso.

41.   Consolidación de Carga: Llenado de un contenedor con mercancía proveniente de

Uno, de dos o más embarcadores.

42. Contrato de Fletamento: Acuerdo por medio del cual el Armador entrega todo el buque o parte de él al Fletador para transportar mercaderías de un puerto a otro, o por un período de tiempo a cambio de una suma de dinero que el Fletador acepta pagar como merced conductiva.  Existen dos modalidades  básicas de Fletamento: Por cesión y por locación, tanto por tiempo como por viaje.

43. Contrato   de        Transporte:   Acuerdo            por      medio del       cual     un        “Porteador”    o “Transportador” llámese Armador, Agente Naviero o Fletador se compromete con el dueño de la carga directamente o a través de un Embarcador (Freight Forwarder) o de un Agente de Aduana a transportar una carga desde un puerto de origen hasta un puerto de destino por el pago de una suma denominada flete.

44. Cuadrilla: Grupo de Estibadores que en un puerto se ocupan en estibar la mercancía a bordo de las naves, así como también de su desembarque.

45. Declaración Única de Aduanas (DUA): Documento que se utiliza para solicitar que

las mercancías sean sometidas a los regímenes y operaciones aduaneros de: Importación Definitiva, Importación Temporal, Admisión Temporal, Depósito, Tránsito, Reembarque, Reimportación, Exportación Definitiva, Exportación Temporal y Reexportación, según se trate.     Está  dirigido  a  los  Operadores  de  Comercio  Exterior  que  intervienen  en  los regímenes y operaciones aduaneros antes mencionados.

46. Depósito Aduanero Autorizado Privado:  Local destinado al almacenamiento de

Mercancías de propiedad exclusiva del depositario.

47. Depósito  Aduanero  Autorizado  Público: Local destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.

48. Depósitos  Aduaneros  Autorizados:  Locales destinados  a almacenar  mercancías

Solicitadas al régimen de Depósito Aduanero.

49. Derecho de Uso de Espacios Acuáticos y Costeros: Acto administrativo mediante

el  cual  la  Dirección  General  de  Capitanías  y  Guardacostas  autoriza  al  peticionario  la explotación de áreas de desarrollo portuario.

50. Desabarloamiento: Operación inversa al abarcamiento.

51. Desatraque: Operación inversa al atraque.

52. Descarga Directa: Traslado de carga que se efectúa directamente de una nave a vehículos para su inmediato retiro del recinto portuario.

53. Descarga Indirecta: Traslado de carga que se efectúa de una nave a muelle para su almacenamiento en el Terminal

54. Des consolidación de Carga: Vaciado de un contenedor con mercancía destinada a

Uno, dos o más consignatarios.



55. Despachador Oficial: Representante de entidades estatales o privadas autorizado para ejercer funciones de Agente de Aduana, respecto al embarque y despacho de carga de exportación e importación, perteneciente a dichas entidades.

56. Despacho: Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar  las  mercancías  o  someterlas  a  otros  regímenes,  operaciones  o  destinos aduaneros.

57. Documento Único de Información del Manifiesto (DUIM): Documento suscrito por  el transportista o su representante conteniendo las características de la carga y la conformidad del Manifiesto.

58. Dueño de Carga: Propietario o destinatario de la carga.

59. Embarcadero: Instalación en la costa marítima o riveras fluviales o lacustres, sin

Infraestructura de defensa o abrigo, destinada al atraque y atención de embarcaciones menores.

60. Embarque  Directo: Traslado de carga que se efectúa directamente de vehículos

Particulares a una nave

61. Embarque             Indirecto:        Traslado          de        carga   que      se        efectúa           de        áreas   de almacenamiento del Terminal a una nave.

62. Empresa de Estiba y Desestiba: Comprende a las empresas de estiba, desestiba y cooperativas de estiba y desestiba.

63. Empresa de Transporte o Transportista: Persona natural o jurídica facultada por

El Ministerio de Transportes, Comunicaciones,  Vivienda y Construcción y autorizada por

ENAPU para transportar las mercancías, dentro, hacia o desde los Terminales Portuarios.

64. Eslora: Se refiere a la eslora total de la nave tal como figura en el Certificado de

Matrícula.

65. Espigón: Macizo saliente o dique que avanza en el mar o en un río para protección

de un puerto.

66. Estiba: Es el proceso de acomodar la carga en un espacio del almacén, muelle o medio de transporte.

67. Estructura  Portuaria: Obras de infraestructura  y superestructura  construidas en puertos para atender a las naves.

68. Facilidades  Portuarias: Instalaciones  portuarias  puestas  a  disposición  de  los

Usuarios

69. F.O.B.  (Free on Board) – Libre a Bordo: Término por el cual el vendedor coloca la mercancía a bordo de la nave en el puerto de embarque convenido en el contrato de venta.  El  riesgo  o  pérdida  de  daños  de  la  mercancía  se  transfiere  del  vendedor  al comprador cuando ésta pasa la borda de la nave.

70. Fondeo: Operación de conducir la nave al fondeadero oficial del puerto.

71. Infraestructura     de        Acceso            Acuático:         Constituida     por      canales,          zonas   de aproximación, obras de defensa (rompeolas, espigones,  esclusas) y señalización (faros, boyas) que se encuentren en el área de operaciones acuática.

72. Infraestructura  de  Área  Portuaria:  Constituida  por muelles,  diques,  dársenas, áreas  de almacenamiento  en tránsito,  boyas de amarre y otras vías de comunicación interna (pistas, veredas).

73. Infraestructura  Portuaria:  Obras  civiles  e instalaciones  mecánicas,  eléctricas  y electrónicas, fijas  y flotantes,  construidas  o ubicadas  en los puertos,  para  facilitar  el transporte y el intercambio modal. Está constituida por:

        Acceso Acuático: Canales, zona de aproximación, obras de abrigo o defensa tales como rompeolas y esclusas y señalizaciones náuticas.



        Zonas de transferencia de carga y tránsito de pasajeros: Muelles, diques, dársenas, áreas de almacenamiento, boyas de amarre, tuberías subacuáticas, ductos, plataformas y muelles flotantes.

        Acceso  Terrestre:  Vías  interiores  de circulación,  líneas  férreas  que permitan  la interconexión directa e inmediata con el sistema nacional de circulación vial.

74. Instalaciones Portuarias: Obras de infraestructura y superestructura, construidas en  un puerto o fuera de él, destinadas a la atención de naves, prestación de servicios portuarios o construcción y reparación de naves.

75. Lugar de Tránsito: Área de terreno destinada al depósito transitorio de mercancías, como pasó intermedio de la nave a vehículos particulares, o viceversa en el embarque.

76. Manifiesto de Carga: Documento en el cual se detalla la relación de las mercancías

que constituyen la carga de un medio o una unidad de transporte, y expresa los datos comerciales de las mercancías.

77. Marina: Conjunto de instalaciones portuarias y embarcaderos, sus zonas acuáticas y

Terrenos ribereños, en las que se realiza exclusivamente actividades de turismo, recreación y  deportivas,  incluidas  la construcción,  reparación  y mantenimiento  de  embarcaciones deportivas.

78. Mercancía: Toda carga que se transporta, que ha sido y/o va a ser transportada a bordo de una nave.

79. Mercancía Extranjera: Es la que proviene del exterior, bajo regímenes suspensivos,

Temporales o de perfeccionamiento.

80. Mercancía  Nacional: Producto  manufacturado  en  el  país  con  materias  primas

Nacionales o nacionalizadas.

81. Mercancía  Peligrosa: Son las     mercancías  clasificadas  como peligrosas  para las cuales existen regulaciones  con respecto a su procedimiento de aceptación, empaque, estiba, documentación y transporte ya sea para traslado local o internacional.  Hay nueve (9) clasificaciones de mercancías peligrosas para el transporte marítimo internacional y las regulaciones, documentación,  procedimientos  de aceptación,  empaque  y la estiba  son establecidas por la Organización Marítima Internacional (OMI).

82. Muelle: Infraestructura  portuaria en la orilla de un río, lago o mar especialmente dispuesta para cargar y descargar las naves y para la circulación de vehículos.

83. Muelle Privado: Es aquel que se proporciona para el uso exclusivo de un usuario con el propósito de facilitar el cargue y descargue de naves.

84. Nave: Toda construcción  naval destinada  a navegar,  cualquiera  que sea su clase

incluidas  sus  partes  integrantes  y  partes  accesorias,  tales  como  aparejos,  repuestos, pertrechos, maquinarias, instrumentos y accesorios que sin formar parte de la estructura de la nave se emplea en su servicio tanto en la mar como en el puerto.

85. Nota de Tarja: Documento que registra el número, condición y características de la carga.

86. Operaciones   Portuarias:   Es  la  entrada,  salida,  fondeo,  atraque,  desatraque, amarre, desamarre y permanencia de naves en el ámbito territorial de un puerto

87. Operador Portuario: Persona jurídica constituida o domiciliada en el país, que tiene autorización para prestar, en las zonas portuarias, servicios a las naves, a las cargas y/o a los pasajeros.

88. Operadores  de Comercio  Exterior: Despachadores  de aduana,  conductores  de recintos aduaneros autorizados, dueños, consignatarios, y en general cualquier persona natural o jurídica interviniente o beneficiaria por sí o por otro, en operaciones o regímenes aduaneros previstos por ley.



89. Orden de Embarque: Documento aduanero exigido para el despacho de mercancías de exportación definitiva, incluyendo la salida de mercancías de CETICOS.

90. Parihuela:  Implemento  que  se  utiliza  para  el  arrumaje  de  la  carga  fraccionada

(Sacos) y con ello, facilitar las labores de estiba y desestiba a/de las naves.

91. Policía Marítima, Fluvial y Lacustre: Atribución conferida a la autoridad marítima para  controlar,  fiscalizar  y  exigir  la  fiel  observancia  y  cumplimiento  de  las  leyes, reglamentos, disposiciones y órdenes referentes a las actividades marítimas, fluviales y lacustres, así como la represión de las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción.

92. Porteador  o Transportador: Persona natural o jurídica encargada del transporte marítimo de las mercaderías mediante el respectivo contrato de transporte.

93. Practicaje: Servicio que los prácticos prestan a las naves dirigiendo las maniobras

que éstas requieran para su desplazamiento dentro o fuera del área de operaciones del

Terminal.

94. Prestadores  de  Servicios:  Personas  naturales  o  jurídicas  que  cuentan  con  el

Respectivo permiso, licencia o autorización para prestar servicios portuarios.

95. Puerto: Localidad geográfica y unidad económica de una localidad donde se ubican los   terminales,  infraestructuras  e  instalaciones,  terrestres  y  acuáticos,  naturales  o artificiales, acondicionados para el desarrollo de actividades portuarias.

96. Puerto de Cabotaje: Es aquél que se utiliza para operaciones comerciales entre puertos nacionales.

97. Puerto Fluvial: Lugar situado sobre la ribera de una vía fluvial navegable, adecuado y acondicionado para las actividades portuarias.

98. Puerto Lacustre:  Lugar situado sobre la ribera de un lago navegable, adecuado y

Acondicionado para las actividades portuarias.

99. Puerto Marítimo: Conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e instalaciones

Que, situado en la ribera del mar, reúnan condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que permitan la realización de operaciones de tráfico portuario y sea utilizado para el desarrollo de estas actividades por la administración competente.

100.     Recinto  Portuario:  Espacio  comprendido  entre  las  obras  de  abrigo  o  línea externa de demarcación del área operativa acuática y el límite perimetral terrestre del área en que se ubican las instalaciones portuarias.

101.     Remolcaje: Servicio que prestan los remolcadores para halar, empujar, apoyar o asistir a la nave durante las operaciones portuarias.

102.     Ribera: Faja de terreno de los álveos, comprendida entre los mayores y menores

niveles ordinarios alcanzados por las aguas.

103.     Servicio  de  Manipuleo:  Servicio  de recepción,  arrumaje  o apilamiento  de la carga en el recinto de un Terminal Portuario, así como su despacho o entrega para su retiro o embarque.

104.     Servicio de Transferencia: Traslado de la carga de nave o lugares de tránsito a las áreas de almacenamiento del Terminal, o viceversa en el embarque.

105.     Servicios Portuarios: Los que se prestan en las zonas portuarios para atender a las naves, a la carga, embarque y desembarque de personas.

106.     Sistema Portuario Nacional: Es el conjunto de personas naturales o jurídicas, bienes, infraestructuras, puertos, termina les e instalaciones portuarias, sean éstos públicos y/o privados situados en el territorio.

107.     Sociedad Portuaria: Empresas anónimas constituidas con capital privado, público

o mixto cuyo objeto social es la inversión, construcción y mantenimiento de puertos y su administración. Las sociedades portuarias pueden también prestar servicios de cargue y



descargue, de almacenamiento en puertos y otros servicios directamente relacionados con la actividad portuaria.

108.     Súper Estructura Portuaria: Obras que sirven para dar el apoyo a los servicios portuarios, tales como: almacenes, edificios administrativos, talleres, etc.

109.     Tarifa: Retribución económica exigida por la prestación de actividades o servicios portuarios sujetos a regulación.

110.     Terminal         de        Almacenamiento        (T.A.): Zona    primaria         aduanera        para proporcionar el servicio de almacenaje de mercancías.

111.     Terminal   Portuario:   Unidades   operativas   de   un   puerto   habilitadas   para proporcionar intercambio modal y servicios portuarios; incluye la infraestructura, las áreas de depósito transitorio y las vías internas de transporte.

112.     Terminal Portuario de Uso Privado: Establecido por una persona jurídica para satisfacer sus propias necesidades  a las de las empresas del grupo económico al que pertenece.

113.     Terminal   Portuario   de   Uso   Público:   Es   aquél   que  presta   servicios   - directamente o a través de terceros  - a cualquier cliente o usuario que lo solicite en las condiciones de operación ofertadas.

114.     Terminales de Lancho najé: Unidades operativas que cuentan con muelles para acoderamiento de lanchones de carga.

115.     Terrenos Ribereños o Áreas Costeras: Terrenos comprendidos dentro de la

Faja de 50 metros contados a partir de la línea de más alta marea.

116.     Tráfico Portuario: Operaciones de entrada, salida, atraque, desatraque, estancia

y reparación de naves en el puerto y las de transferencia entre éstas y tierra u otros medios de transporte, de mercancías de cualquier tipo, de pesca, avituallamiento y de pasajeros o tripulantes, así como el almacenamiento temporal de dichas mercancías en espacio portuario.

117.     Transbordo: Es la operación de traslado directo de carga de una nave a otra.

118.     Usuario del Puerto: Persona natural o jurídica que de forma intermedia o final, utiliza sus infraestructuras e instalaciones o recibe suministros o servicios portuarios; se entiende por usuario intermedio, al que presta servicios a las naves, a las cargas, de actividades logísticas y marinas; se entiende por usuarios finales a los dueños de la naves, de las cargas de comercio nacional e internacional y a los usuarios de las marinas y los pasajeros.

119.     Uso de Amarradero: Utilización de los amarraderos del Terminal Portuario por las

Naves.

120.     Uso de Muelle: Utilización de la infraestructura del Recinto Portuario, para cargar o descargar mercancía o realizar otras actividades.

121.     Zona  de  Actividades  Logísticas:  Parte  de  la  zona  portuaria  en  la  que  se autoriza  el  desarrollo  de  actividades  o  servicios,  complementarios  o  conexos  a  las mercancías para cambiar la naturaleza del bien.

122.     Zona de Almacenamiento: Área en el interior del recinto portuario, organizada y equipada para dar servicios de almacenamiento a las cargas.

123.     Zona de Fondeo: Área acuática establecida por la autoridad marítima para el fondeo de las naves.

124.     Zona Franca: Parte del territorio nacional en el cual el régimen aduanero permite recibir mercancías sin el pago de tributos a la importación.



125.     Zona Marítima, Fluvial o Lacustre: Área del territorio nacional correspondiente al espejo de agua que comprende las aguas jurisdiccionales, marítimas, fluviales o lacustres excluyendo las Zonas Portuarias.

126.     Zona Portuaria: Área del territorio nacional que comprende los límites físicos de las  áreas de terreno asignadas a los puertos incluyendo las áreas delimitadas por los perímetros físicos en tierra, los rompeolas, defensa de canales de acceso y las estaciones de prácticos.

127.     Zona  Primaria: Parte  del  territorio  aduanero  que  comprende  los  recintos

aduaneros, espacios acuáticos o terrestres destinados o autorizados para operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías; las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de aduanas; aeropuertos, predios o caminos habilitados  y  cualquier  otro  sitio  donde  se  cumplen  normalmente  las  operaciones aduaneras.

128.     Zona  Secundaria:  Parte  del  territorio  aduanero  que  le  corresponde  a  cada

Aduana en la distribución que la Superintendencia Nacional de Aduanas hace para efectos de la competencia, intervención y obligaciones 

1 Response to "GLOSARIO DE TERMINOS MARITMO - PORTUARIOS (OTROS TERMINOS USUALES EN LAS OPERACIONES PORTUARIAS)"

  1. Julia says:

    apuntes sacados de sitios de internet... y acomodados en blooger

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