GLOSARIO DE TERMINOS MARITMO - PORTUARIOS (TERMINOS Y NOMENCLATURA PARA LAS CONDICIONES EN EL TRANSPORTE DE CONTENEDORES)


1.         Servicio Intermodal: Es el servicio de transporte que se efectúa entre dos puntos usando dos o más medios de transporte diferentes, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el contratante de la carga.

2.         Servicio  Puerta  (Door): El porteador  dentro del valor  del flete  contratado  es responsable de transportar la carga desde la bodega definida por el embarcador hasta el puerto de embarque, y/o desde el puerto de descarga hasta la bodega definida por el consignatario. Adicionalmente el transportista es responsable de coordinar el movimiento del  contenedor  vacío  en  el  puerto  de  origen,  como  así  mismo  el  movimiento  del contenedor  vacío  en  destino.  Todos  los  costos  relacionados  son  por  cuenta  del transportista.

3.         Servicio Puerto (Port): La línea naviera es responsable de transportar la carga

desde el puerto de embarque hasta el puerto de descarga. El usuario es responsable a su costo, de transportar la carga desde la bodega del usuario en origen, hasta el puerto de embarque, y/o desde  el puerto  de descarga  hasta la bodega  del usuario  en destino. Adicionalmente,  el  usuario  es  también  responsable  a  su  costo  del  movimiento  del



Contenedor vacío desde el depósito a la bodega en origen, y/o del movimiento desde la bodega al depósito en destino.

4.         Servicio  House  To  House:   Condición  del  contrato  del  transporte  marítimo internacional según la cual el exportador se hace cargo de la gestión y cargos por el transporte desde el punto de origen al punto de destino, incluyendo los distintos pasos intermediarios.

5.         Servicio   House   To   Pier:   Condición        del       contrato          de        transporte       marítimo internacional según la cual el exportador se hace cargo de la gestión y cargos por el transporte desde el punto de partida hasta que la mercancía se halla a bordo del buque en el puerto de origen.

6.         Servicio  Pier To House: Expresión inglesa cuya traducción literal es "muelle a

casa".  Condición  del  contrato  de  transporte  marítimo  internacional  según  la  cual  el importador se hace cargo de la gestión y cargos por el transporte desde que la mercancía se encuentra a bordo del buque en el puerto de destino hasta el punto de destino final.

7.         Conteiner  Yard (CY): Expresión  que hace referencia  al área designada  por el transportista para efectuar la recepción, entrega, almacenaje y reparaciones menores de contene dores vacíos.


0 Response to "GLOSARIO DE TERMINOS MARITMO - PORTUARIOS (TERMINOS Y NOMENCLATURA PARA LAS CONDICIONES EN EL TRANSPORTE DE CONTENEDORES)"

Publicar un comentario

powered by Blogger | WordPress by Newwpthemes | Converted by BloggerTheme